Subsidio al desempleo

SUBSIDIO AL DESEMPLEO

(Ley 1636 de 2013, modificada por la Ley 2225 de 2022).

Es un beneficio otorgado a las personas que estén sin empleo y que hayan cotizado a una Caja de Compensación. Este subsidio de desempleo aplica para trabajadores que su situación laboral haya terminado por cualquier causa o en el caso de ser independiente, su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ningún otro, o no cuente con ninguna fuente de ingresos.

Es importante mencionar que los recursos provienen del 4% que aportan los empleadores sobre las nóminas de los trabajadores, por eso van destinados a trabajadores formales que pierdan sus empleos, en retribución a los aportes que realiza el sector formal.

¿Para quiénes aplica el subsidio?

Va dirigido a trabajadores cesantes (dependientes e independientes) que al momento de la terminación de sus contratos hayan estado afiliados a categorías A y B y que hayan realizado aportes, de manera continua y/o discontinua, durante los últimos 3 años.

Trabajadores dependientes: Cotizantes en categoría A o B que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante (1) año, continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos 3 años.

Trabajadores independientes: que hayan aportado sobre una base del 0.6% o 2% a una Caja de Compensación Familiar durante (2) años continuo o discontinuo en el transcurso de los últimos 3 años.

Documentos requeridos para  postularse:

  • Copia de la Cédula de Ciudadanía.
  • Certificación de retiro laboral de la última empresa en la que laboró, especificando el Número de Identificación de la empresa que hizo el aporte, última remuneración del trabajador, fecha de retiro y causa de la terminación.
  • Certificación de cuenta bancaria del postulante al subsidio.
  • Certificado de inscripción en el servicio público de empleo

Si su certificación laboral no incluye toda la información mencionada anteriormente, debe de realizar una declaración Juramentada donde menciones:

  • Número de Identificación de la empresa (NIT) que hizo el aporte.
  • Su última remuneración como trabajador
  • Fecha de retiro o última fecha que laboró
  • Motivo, o causa de la terminación del contrato laboral
  • Firma del Documento

Los trabajadores independiente deben entregar: Certificación de cesación de ingresos de acuerdo con términos de la Ley 1636 de 2013 y el artículo 46 de Decreto 2852 de 2013.

Nota: Los documentos adjuntados deben ser legibles y sin enmendadura.

    1. Número de Identificación de la empresa (NIT) que hizo el aporte.
    2. Su última remuneración como trabajador
    3. Fecha de retiro o última fecha que laboró
    4. Motivo, o causa de la terminación del contrato laboral
    5. Firma del Documento

Beneficios

  • Aporte de Seguridad Social en Salud y Pensiones calculado sobre un (1) SMLMV por 6 meses.
  • Transferencia monetaria por valor de 1.5 SMMLV entregada en cuatro cuotas  para aquellos cotizantes en categoría A y B:

Primer mes (40%):      $780.000

Segundo mes (30%): $585.000

Tercer mes (20%):      $ 390.000

Cuarto mes (10%):    $ 195.000

Proceso de postulación

Después de validar el cumplimiento de los requisitos anteriormente mencionados, el cesante debe hacer lo siguiente:

  • Registrar su hoja de vida completa (100%) en la plataforma SISE, esto permitirá obtener el certificado de inscripción en el servicio público de empleo, documento necesario para la postulación al Subsidio al desempleo, de acuerdo a laLey 1636 de 2013  Art. 13, de clic en el siguiente enlace  para registrarse en la plataforma:

https://personas.serviciodeempleo.gov.co/login.aspx

  • Diligenciar el formulario en línea y cargar los soportes requeridos:
  • Copia de la Cédula de Ciudadanía.
  • Certificación de terminación laboral (del último vínculo laboral) con fecha de ingreso y retiro, motivo de terminación de contrato y último salario devengado.
  • Certificado de inscripción en el servicio público de empleo.
  • Certificación de cuenta bancaria del postulante al subsidio.

POSTÚLATE AQUÍ

Si por algún motivo no puede acceder a la inscripción por este medio, puede comunicarse a los siguiente contactos 322 822 5932 o al 312 792 8508 para obtener la orientación respectiva.

Medios de Pago de Beneficios

    • Pago a la seguridad social: La seguridad social (salud y pensión) se pagará a la entidad donde el beneficiario se encuentre afiliado a salud y pensión.
    • Transferencia monetaria: La Caja de Compensación Familiar del Chocó – Comfachocó pagará a la cuenta bancaria que suministre el beneficiario al momento de postularse.

Nota: Estos pagos se empezarán a realizar después de que la persona sea notificada a través de correo electrónico, mensaje de texto o llamada telefónica.

No podrán acceder a los beneficios quienes:

  • No cumplan con la totalidad de los requisitos mencionados.
  • Se encuentren devengando una pensión de jubilación por invalidez, vejez o sobrevivencia.
  • Mantengan una relación laboral vigente.
  • Hayan percibido beneficios del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, durante seis (6) meses continuos o discontinuos en los últimos tres años. Incluye subsidios de emergencia.
  • Obtuvieron el beneficio mediante simulación o engaño. Estas personas serán sancionadas de acuerdo con la legislación penal vigente.

Observaciones

  • La postulación debe hacerse en la última caja de compensación en la que estuvo afiliado.
  • Es deber del cesante informar de manera inmediata a Comfachocó en caso de conseguir empleo y/o contar con una fuente de ingresos de conformidad con lo establecido en la Ley 1636 de 2013, con el fin de evitar doble pago al Sistema de Seguridad Social, recobros y afectación de beneficios.
  • Para la postulación al Subsidio de desempleo, debe tener en cuenta que una vez la solicitud se encuentre radicada, se validará el cumplimiento de requisitos y de ser aceptada ingresará en lista de espera para asignación de recursos, ya que éstos no pueden darse más allá de la capacidad del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante – FOSFEC.
  • Se asignarán los recursos a cada postulante cuando exista partida presupuestal disponible y se adjudicarán de acuerdo con la fecha de radicación de la solicitud, para lo cual te notificaremos a través de tu correo electrónico para informarle el estado de su trámite.
  • Las personas con procesos de recobros económicos, y que tengan más de tres (3) años de haber recibido las prestaciones del MPC, podrán acceder, siempre y cuando haya acuerdos pagados con la Caja de Compensación Familiar.